Post Venta


En DLW contamos con un equipo de Post- Venta especializado para brindarle a Usted un servicio de reparación de su Vivienda, cuando ello corresponda, posterior a su entrega.
El articulo N° 18 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, establece los plazos de responsabilidad de las diferentes partidas de una vivienda. Estos son:
  • a) Por el Plazo de 10 años, en el caso de fallas o defectos de los elementos que afecten a la estructura soportante del inmueble. El presente plazo se cuenta desde la fecha de la recepción definitiva de la obra otorgada por la Dirección de Obras respectiva.
  • b) Por el Plazo de 5 años, cuando se trate de fallas o defectos de los elementos constructivos o de las instalaciones. El presente plazo se cuenta desde la fecha de la recepción definitiva de la obra otorgada por la Dirección de Obras respectiva.
  • c) Por el Plazo de 3 años, si hubiesen fallas o defectos que afecten a elementos de terminaciones o de acabado de las obras. El presente plazo se cuenta desde la fecha de la inscripción del inmueble a nombre del comprador en el Conservador de Bienes Raíces respectivo.
Además, para una clara información de uso, mantención y conservación de su Vivienda, puede descargar aquí "Manual de Uso y Mantención de la Vivienda"
Si eres propietario y deseas solicitar atención de Post-Venta, contáctese aquí.